En España hay una forma legal de jubilarse a los 61 años. No es un rumor ni una excepción rara — está recogida en la normativa de la Seguridad Social y afecta a cientos de miles de trabajadores que no saben que pueden acceder a ella.
La clave está en los años cotizados y en el motivo de la jubilación. Si llevas más de 38 años cotizando y pierdes el trabajo por causas ajenas a tu voluntad, puedes jubilarte cuatro años antes de la edad ordinaria. Aquí te explicamos exactamente cómo funciona.
Dos tipos de jubilación anticipada — cuál te corresponde
En España existen dos modalidades de jubilación anticipada con requisitos y penalizaciones muy diferentes. Elegir bien puede suponer una diferencia de miles de euros al año en tu pensión.
Jubilación anticipada involuntaria — para quien pierde el trabajo por causas externas: despido colectivo, extinción del contrato por causas objetivas, cierre de empresa o situaciones de fuerza mayor. Es la más ventajosa porque la penalización sobre la pensión es menor y el acceso es antes.
Jubilación anticipada voluntaria — por decisión propia, sin que medie ningún despido. Los requisitos son más exigentes y la penalización sobre la pensión es mayor.
¿A qué edad puedes jubilarte anticipadamente en 2026?
La edad ordinaria de jubilación en 2026 es de 66 años y 10 meses. A partir de ahí, dependiendo de los años cotizados y el tipo de jubilación anticipada:
- 61 años — jubilación anticipada involuntaria con más de 38 años y 3 meses cotizados
- 62 años y 10 meses — jubilación anticipada involuntaria con al menos 33 años cotizados
- 63 años — jubilación anticipada voluntaria con más de 38 años y 3 meses cotizados
- 64 años y 10 meses — jubilación anticipada voluntaria con al menos 35 años cotizados
¿Cuánto pierdes de pensión si te jubilas antes?
Esta es la parte que más preocupa a la gente — y con razón. Jubilarse antes implica una penalización sobre la pensión que se calcula mes a mes según cuánto te has adelantado respecto a la edad ordinaria.
En 2026 la reducción puede oscilar entre el 2,81% y el 21% dependiendo de los meses de adelanto y los años cotizados. Cuanto más te adelantes y menos hayas cotizado, mayor será la penalización.
Dicho de forma práctica — si tu pensión ordinaria sería de 1.500€ al mes y te jubilas con el máximo de adelanto posible, podrías cobrar entre 1.185€ y 1.458€ dependiendo de tu situación concreta. Una calculadora de la Seguridad Social te permite simular el impacto exacto antes de tomar ninguna decisión.
¿Qué situaciones dan acceso a la jubilación anticipada involuntaria?
- Despido colectivo — ERE o ERTE que deriva en extinción del contrato
- Despido por causas objetivas — económicas, técnicas, organizativas o de producción
- Extinción del contrato por voluntad del trabajador ante incumplimientos graves de la empresa — impago de salarios, modificación sustancial de condiciones de trabajo
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario que lleva al cierre del negocio
- Fuerza mayor que impide continuar la actividad
¿Qué requisitos hay que cumplir en todos los casos?
- Estar dado de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada
- Cumplir el mínimo de años cotizados según la modalidad elegida
- Que la pensión resultante — después de aplicar los coeficientes reductores — sea superior a la pensión mínima que te correspondería jubilarte a la edad ordinaria. Si no se supera ese mínimo, no puedes acceder a la jubilación anticipada voluntaria
¿Vale la pena jubilarse antes?
Depende de cada situación. Hay factores que van más allá del dinero — la salud, el tipo de trabajo, la situación familiar. Pero desde el punto de vista económico hay que hacer números con cuidado.
Jubilarse cuatro años antes significa cuatro años cobrando pensión en lugar de seguir cotizando. Pero también significa que esa pensión es menor para siempre. El punto de equilibrio — el momento en que el adelanto compensa la reducción — suele estar entre los 75 y los 80 años dependiendo del caso concreto.
La recomendación general es consultar con la Seguridad Social antes de tomar ninguna decisión — el simulador oficial permite calcular exactamente cuánto cobrarías en cada escenario.
Preguntas frecuentes
¿El servicio militar cuenta como tiempo cotizado?
Sí. El servicio militar obligatorio, la prestación social sustitutoria y el servicio social femenino computan como periodo cotizado con un máximo de 12 meses.
¿Puedo seguir trabajando después de solicitar la jubilación anticipada?
No de forma simultánea. La jubilación anticipada es incompatible con el trabajo por cuenta ajena o propia, salvo en los casos específicamente previstos por la ley.
¿Cuándo puedo presentar la solicitud?
Puedes presentar la solicitud el mismo día en que cumplas los requisitos. No es necesario esperar ningún plazo adicional.
¿La penalización es permanente o solo temporal?
Es permanente. La reducción se aplica sobre la pensión base y se mantiene durante toda la vida — no desaparece cuando llegas a la edad ordinaria de jubilación.
¿Qué pasa si me jubilo anticipadamente y luego vuelvo a trabajar?
La pensión se suspende mientras dure la actividad laboral. Al terminar de trabajar, la pensión se reactiva con las actualizaciones que hayan tenido lugar durante la suspensión.
Cómo calcular tu situación exacta
La Seguridad Social tiene un simulador online gratuito donde puedes introducir tus datos y ver exactamente a qué edad puedes jubilarte y cuánto cobrarías en cada escenario. Es el punto de partida antes de tomar cualquier decisión.
Haz clic aquí para acceder al simulador de jubilación de la Seguridad Social →


